Foto tomada de Twitter @SalaDisCSJ
Félix Eduardo Díaz Rojas fue condenado a la pena de 54 meses de prisión e inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas por 90 meses, por el delito de prevaricato por acción y omisión agravado, cometido en febrero de 2018.
En la investigación se estableció que el procesado, siendo fiscal adscrito a la Unidad de Reacción Inmediata de la Seccional Huila, dejó en libertad a tres personas que habían sido capturadas en flagrancia con cerca de 20 kilos de marihuana que transportaban en el baúl de un vehículo particular.
Fue así como el Tribunal Superior de la capital huilense libró orden de captura en su contra tras darse el sentido de fallo condenatorio, el cual fue apelado por la defensa este 10 de marzo.
Díaz Rojas quien tiempo después de estos hechos fue declarado insubsistente por acumular tres sanciones disciplinarias, actuó con dolo al emitir la resolución contraria a la ley.
Sus razones, entre otras, fueron que mediante interrogatorio logró constatar que los indiciados estaban ajenos a la sustancia hallada en un costal, por lo que podía inferirse la participación de un tercero en el hecho.
De igual manera, porque no habían sido capturados comercializando la sustancia, y finalmente porque carecían de antecedentes penales.
Por ello se abrió la respectiva investigación en su contra al considerar que la captura de los sospechosos había sido en el acto y por tanto era procedente llevarlos ante un juez para las respectivas audiencias, lo cual no ocurrió.
El funcionario desconoció su obligación y deber legal de adelantar la acción penal e investigar los hechos que revestían las características del delito que visiblemente se habría cometido.
Esta decisión es de primera instancia y sobre ella proceden los recursos de ley.
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Fuente: Fiscalía General de la Nación.