La corte constitucional tumbo el decreto 802 que se refería al traslado de las pensiones de las entidades privadas hacia Colpensiones, asimismo, había traído cambios sobre el traslado de las pensiones de retiro programado de hasta un salario mínimo.
El anterior decreto el 558 el cual permitió los traslados de los retiros programados, fue tumbado a finales de julio y la parte de ese decreto que ordenaba que las mesadas de retiro programado que estaban en los fondos privados fueran enviadas a Colpensiones.
“Luego vino el decreto 802 que estableció que los traslados de mesadas de retiro programado no podían ser obligatorios, si no voluntarios”
El tribunal en revisión del decreto lo declaro inaxequible de forma unánime, es decir con nueve votos. Los magistrados Luis Guillermo Guerrero y Alejandro linares hicieron aclaraciones de voto en conjunto acuerdo, algunos sectores habían criticado estas dos normas afirmando que era un salvavidas para los fondos privados, sin embargo, el gobierno había argumentado estos traslados para proteger a los pensionados ante el golpe sufrido a los fondos privados debido a la crisis económica generada por el coronavirus.
“el país cuenta con herramientas ordinarias para solventar las posibles deficiencias de recursos en las cuentas pensionales, sin que se requiera el apalancamiento operativo o financiero de Colpensiones” aseguro la corte.
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En ese sentido, para Andrés Izquierdo Aguiar, gerente de la firma consultora especializada en pensiones y seguridad social:
«El Gobierno tiene la misión de remediar el problema que causó con este decreto a través de la implementación de una medida urgente que le ayude a los aportadores a ponerse al dia con sus obligaciones pensionales”.
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Fuente: Redacción Hoy En Bogotá, Camilo Muñoz.